Nuestro objetivo es claro: que este artículo sea una guía de referencia que puedas consultar en cualquier momento, ya sea para prevenir un posible fraude, para ayudar a familiares y amigos, o para saber qué hacer si ya has sido víctima.
- 1. Estafas digitales: phishing, smishing, vishing y suplantaciones
- 2. Estafas sentimentales o “romance scam”
- 3. Estafas en compraventa online y falsos alquileres
- 4. Estafas de inversiones y criptomonedas
- 5. Estafas dirigidas a personas mayores
- 6. Fraudes con falsas herencias y premios
- 7. Qué hacer si ya has sido víctima de un fraude o estafa
- 7.1. Mantén la calma y recopila pruebas
- 7.2. Bloquea y denuncia en tu banco
- 7.3. Denuncia ante las autoridades
- 7.4. Notifica a organismos oficiales
- 7.5. Cambia contraseñas y refuerza la seguridad digital
- 7.6. Asesórate con un abogado especializado
- 7.7. ¿Y si ya entregaste documentación personal?
- 7.8. Recuperación emocional
- 7.9. Conexiones con otros apartados
- 7.10. Conclusión del apartado
- 8. Marco jurídico en España: cómo se regulan los fraudes y estafas
- 8.1. El delito de estafa en el Código Penal
- 8.2. Suplantación de identidad y uso indebido de datos
- 8.3. Estafas a través de telecomunicaciones y banca
- 8.4. Jurisprudencia reciente
- 8.5. Responsabilidad de las empresas y bancos
- 8.6. Cómo usar el marco jurídico a tu favor
- 8.7. Conexiones con otros apartados
- 8.8. Conclusión del apartado
- La mejor defensa contra las estafas es la información (y la acción legal rápida)
1. Estafas digitales: phishing, smishing, vishing y suplantaciones
1.1. ¿Qué son y cómo funcionan?
Las estafas digitales son, hoy en día, las más frecuentes y las que más dinero mueven en España. Según datos del Ministerio del Interior, más del 85 % de la cibercriminalidad registrada en 2024–2025 corresponde a estafas informáticas, y la tendencia sigue en aumento en 2025.
Las cuatro variantes principales son:
- Phishing: correos electrónicos fraudulentos que imitan a bancos, la Agencia Tributaria, Correos o grandes compañías (Amazon, Endesa, PayPal). Su objetivo es robar tus credenciales (usuario y contraseña) o datos bancarios.
- Smishing: la versión vía SMS. El mensaje suele incluir un enlace con apariencia legítima que conduce a una web falsa. Muchas veces se presenta como un aviso de “paquete retenido”, “factura pendiente” o “movimiento sospechoso”.
- Vishing: llamadas telefónicas en las que el estafador se hace pasar por un banco o un organismo oficial. Buscan que les des tus datos o, lo que es peor, que introduzcas códigos que permitirán a los delincuentes operar con tu cuenta real.
- Suplantaciones avanzadas: aquí entran el SIM swapping (duplicado fraudulento de tarjeta SIM para robar los SMS de verificación bancaria), la clonación de cuentas de WhatsApp (lo explicamos en detalle en nuestro artículo sobre suplantación de identidad digital), y más recientemente, los deepfakes que imitan voces o rostros para generar confianza en la víctima.
1.2. Ejemplos recientes en España (2025)
Los casos no son teóricos: cada semana aparecen noticias de víctimas en medios nacionales.
- Caso Jerez (septiembre 2025): cuatro detenidos al frustrarse una estafa bancaria online de 98.015 € a una vecina de Aranjuez. Los estafadores usaron phishing para obtener sus credenciales bancarias y luego intentaron recoger artículos en un centro comercial.
- Campañas de la Agencia Tributaria (verano 2025): correos y SMS falsos bajo el asunto “Devolución de impuestos” o “Aviso urgente de la AEAT”. La Agencia ha tenido que publicar en su web oficial advertencias de que nunca pide datos bancarios por correo electrónico.
- Reservas falsas del iPhone 17 (septiembre 2025): páginas web fraudulentas imitaban la tienda de Apple y pedían datos bancarios para “reservar en preventa”. Muchos usuarios entregaron los datos sin saber que la web era un clon.
- Operaciones de SIM swapping en España: en 2024-2025 la Policía Nacional desmanteló varias redes dedicadas a este fraude. Una vez con la SIM duplicada, los delincuentes accedían al banco online de la víctima interceptando los códigos SMS de verificación.
1.3. Señales de alerta que cualquier persona puede detectar
La clave para no caer en este tipo de estafas está en reconocer las “banderas rojas”:
- Urgencia excesiva: “Último aviso”, “su cuenta será bloqueada en 24 horas”.
- Errores sutiles en los correos: faltas de ortografía, logos pixelados o direcciones de remitente extrañas.
- URLs sospechosas: bancos que deberían acabar en .es pero aparecen con .com-secure.info.
- Solicitudes de datos sensibles: ningún banco ni administración pública pide por correo tu PIN, tus claves o tus códigos de confirmación.
- Llamadas que generan presión: si alguien te dice que actúes “ya” porque perderás tu dinero, desconfía.
1.4. Cómo prevenir: medidas prácticas
- Verifica siempre el remitente y la URL antes de introducir datos.
- No hagas clic en enlaces sospechosos: entra a la web oficial escribiéndola tú mismo en el navegador.
- Activa la autenticación en dos pasos (2FA) en tus cuentas bancarias y redes sociales.
- No compartas códigos que recibes por SMS, aunque te los pida alguien que dice ser del banco.
- Usa apps oficiales de entidades bancarias o de la Agencia Tributaria, en lugar de confiar en correos.
- Instala actualizaciones periódicas en tu móvil y ordenador: muchos fraudes explotan vulnerabilidades ya corregidas.
Nota práctica del despacho: si recibes un sms o llamada “del banco” por un problema de seguridad, no hagas nada desde el móvil y acude en persona a tu oficina. Si un “hijo/nieto” pide dinero urgente por whatsapp o sms, verifica por llamada al número de siempre o videollamada y, si hay dudas, consulta primero en el banco.
1.5. Marco jurídico en España
El Código Penal tipifica el fraude digital como delito de estafa informática. Los artículos clave son:
- Artículo 248 CP: define el delito de estafa, que incluye “los que, valiéndose de manipulación informática o artificio semejante, consigan una transferencia no consentida de activo patrimonial”.
- Artículo 249 CP: pena general de prisión de seis meses a tres años.
- Artículo 250 CP: penas agravadas (uno a seis años de prisión y multa de seis a doce meses) cuando la estafa supera 50.000 € o recae sobre cosas de primera necesidad o viviendas.
- Sentencia del Tribunal Supremo 571/2025: reconoce la responsabilidad de los bancos en fraudes por phishing, salvo negligencia grave del cliente. Esto abre la puerta a reclamaciones judiciales contra entidades financieras en casos de estafas digitales.
1.6. Conexiones con otros fraudes
Este apartado conecta con otros artículos de nuestro blog:
- En el caso del SIM swapping y el clonado de WhatsApp, desarrollamos cómo funciona el fraude y qué hacer en este post: Suplantación de identidad digital en España.
- En el caso de las reservas falsas (como las de iPhone o billetes de avión), se parecen mucho a las estafas en apartamentos turísticos, donde la urgencia y el precio bajo sirven de anzuelo.
2. Estafas sentimentales o “romance scam”
2.1. ¿Qué son las estafas sentimentales?
Las llamadas romance scams o estafas sentimentales son una de las formas de fraude más dolorosas porque no solo afectan al bolsillo, sino también a la esfera emocional de la víctima. Los delincuentes crean perfiles falsos en redes sociales o aplicaciones de citas, construyen una relación a distancia y, una vez ganada la confianza, inventan una situación dramática para pedir dinero.
A diferencia del phishing, que suele basarse en mensajes masivos, aquí el engaño es personalizado, paciente y emocional. Los estafadores invierten semanas o incluso meses en “cuidar” el vínculo, simulando amor, amistad o incluso proyectos de vida en común.
2.2. Cómo operan los estafadores
- Creación de un perfil falso: fotos robadas de modelos, militares, médicos o personas atractivas con historias inspiradoras.
- Generación de confianza: conversaciones diarias, muestras de cariño, llamadas o videollamadas cortas (a veces con imágenes manipuladas).
- Historia trágica o de urgencia: enfermedad repentina, accidente, problemas con el visado, deudas con aduanas, o incluso supuestos secuestros.
- Petición económica inicial: normalmente cantidades moderadas (200-500 €) para ganar credibilidad.
- Espiral de demandas: si la víctima paga, aparecen nuevas emergencias cada vez más costosas.
2.3. Ejemplos recientes en España
- Operación Dayún (junio 2025): la Policía Nacional detuvo a varios miembros de una red internacional que estafó 353.952 € a una mujer de 86 años en Ávila. El supuesto estafador fingía ser un militar estadounidense de misión en Siria. La víctima realizó múltiples transferencias creyendo que estaban construyendo una relación seria.
- Caso en Galicia (2024): varias mujeres denunciaron haber sido engañadas por perfiles falsos en Facebook que se hacían pasar por médicos de la ONU en misiones humanitarias. Tras meses de conversaciones, pedían dinero para “billetes de avión” o “gastos médicos”.
- Tendencia en Bizkaia y Gipuzkoa: las unidades de delitos telemáticos de la Ertzaintza advierten de un repunte de este tipo de estafas, sobre todo entre personas mayores que usan redes sociales como compañía.
2.4. Señales de alerta
- Perfil demasiado perfecto: fotos profesionales, biografías impresionantes (militar, médico, ingeniero internacional).
- Amor o confianza excesiva demasiado rápido: en pocos días hablan de matrimonio, planes de futuro o amor eterno.
- Excusas para no quedar en persona: viajes constantes, misiones, trabajos en el extranjero.
- Peticiones económicas con historias trágicas: gastos médicos, tasas aduaneras, billetes de avión.
- Lenguaje extraño o traducciones automáticas: errores de gramática o frases poco naturales.
2.5. Consecuencias emocionales y económicas
Las víctimas de estas estafas no solo sufren pérdidas económicas. Muchas sienten vergüenza y miedo a denunciar por temor a ser juzgadas, lo que dificulta la recuperación. Además, los estafadores suelen usar el chantaje emocional: si la víctima deja de pagar, amenazan con difundir fotos íntimas compartidas durante la relación.
2.6. Cómo protegerse
- Verifica la identidad: busca las fotos en Google Imágenes para comprobar si pertenecen a otra persona.
- Desconfía de relaciones demasiado rápidas: nadie se enamora en dos días sin haberte visto.
- No envíes dinero a personas que no conoces físicamente.
- Evita enviar fotos comprometidas: pueden usarlas para chantaje (sextorsión).
- Habla con familiares o amigos: si dudas, pide una segunda opinión externa.
2.7. Marco jurídico en España
- Estas conductas se consideran delitos de estafa (artículos 248 a 251 del Código Penal).
- Si incluyen chantaje con imágenes íntimas, también entran en delitos contra la intimidad (artículo 197 CP).
- Cuando los delincuentes actúan como red organizada, puede aplicarse la agravante de organización criminal.
- En algunos casos, los tribunales españoles han condenado también por delito de blanqueo de capitales, ya que las transferencias suelen canalizarse a través de mulas bancarias.
2.8. Casos conectados con otros fraudes
Aunque parecen muy distintos del phishing, comparten un factor común: la ingeniería social. La diferencia es que aquí se usa la emoción y el amor como anzuelo, en lugar de la urgencia administrativa o bancaria.
Por eso, en Lambda Estudio Jurídico insistimos en que la prevención es más eficaz que la reacción, y que la información es la mejor arma para no caer en este tipo de engaños.
3. Estafas en compraventa online y falsos alquileres
3.1. Por qué son tan frecuentes
Las estafas vinculadas a la compraventa de productos por internet y al alquiler de inmuebles han crecido exponencialmente en España. El auge de las plataformas de segunda mano, los portales inmobiliarios y el turismo vacacional ha abierto nuevas vías para los delincuentes.
Según datos de la Oficina de Seguridad del Internauta (OSI), las denuncias por fraudes en compraventa online representan uno de los delitos telemáticos más comunes. En muchos casos, los estafadores se aprovechan de:
- La urgencia del comprador (“es un chollo, si no lo coges ahora lo pierdes”).
- La confianza en marcas conocidas (clonando webs de grandes portales).
- La distancia física, que impide comprobar el producto o la vivienda antes de pagar.
3.2. Modalidades más comunes
- Vendedores fantasma: publican un producto atractivo (móvil, bicicleta, consola) a un precio muy bajo. Piden el pago por adelantado y nunca envían nada.
- Compradores falsos: envían justificantes de transferencia falsificados o cheques sin fondos. El vendedor envía el producto y descubre después que no ha recibido el dinero.
- Phishing camuflado en compraventa: el estafador contacta a través de una plataforma real, pero redirige al comprador a un enlace fraudulento de pago.
- Alquileres fraudulentos:
- Viviendas inexistentes o que no pertenecen al supuesto arrendador.
- Pisos reales en alquiler publicados sin permiso por terceros.
- Estafas en alquiler vacacional, especialmente en temporadas altas (verano, puentes, Semana Santa).
- Subarriendos ilegales: quien ofrece el inmueble no es propietario ni tiene autorización para arrendarlo.
3.3. Ejemplos recientes en España
- Estafas en reservas turísticas: en verano de 2025 se denunciaron decenas de casos de alquileres vacacionales inexistentes en la Costa del Sol y en Baleares. Los delincuentes copiaban fotos de pisos reales y pedían un depósito de entre 300 y 800 €. Este fenómeno lo analizamos en profundidad en nuestro artículo: Estafas en apartamentos turísticos: cómo detectar los falsos chollos del verano y protegerte legalmente.
- Fraude en alquiler de larga duración en Madrid (abril 2025): varios afectados denunciaron haber pagado depósitos para pisos anunciados en portales de confianza que en realidad no existían. Los anuncios desaparecieron a los pocos días.
- Productos electrónicos falsos: la Guardia Civil interceptó en 2024 a un grupo que usaba anuncios de iPhones y consolas a mitad de precio en Wallapop y Milanuncios. Pedían transferencias inmediatas y nunca entregaban el producto.
- Caso Jerez (septiembre 2025): aunque relacionado con phishing bancario, los delincuentes intentaron recoger artículos de alto valor comprados fraudulentamente en un centro comercial, demostrando cómo la compraventa puede ser el último eslabón del fraude.
3.4. Señales de alerta
En compraventa online
- Precio demasiado bajo en relación al mercado.
- El vendedor pide pago inmediato fuera de la plataforma (Bizum, transferencia directa).
- Excusas para no usar sistemas seguros de pago.
- Perfil sin reseñas o creado recientemente.
En alquileres
- Vivienda con fotos demasiado profesionales, iguales a otras de internet.
- Arrendador que asegura estar en el extranjero y solo puede gestionar por correo.
- Solicitud de depósito o fianza sin enseñar la vivienda.
- Contrato con datos incompletos o imposibles de verificar.
3.5. Consecuencias
- Económicas: pérdida del dinero pagado por producto, reserva o fianza.
- Legales: en muchos casos, las víctimas creen que no merece la pena denunciar por importes “pequeños” (300-500 €), pero si los sumamos, los delincuentes pueden recaudar cientos de miles.
- Emocionales: frustración, vergüenza, desconfianza hacia futuras compras online.
3.6. Cómo prevenir paso a paso
- Verifica el anuncio: busca las fotos en Google Imágenes para comprobar si están en otros portales.
- Revisa el perfil: en compraventa, desconfía de cuentas sin reseñas o con valoraciones sospechosamente positivas.
- Exige contrato en alquileres: pide siempre un contrato con datos reales, copia del DNI y comprueba la titularidad en el Registro de la Propiedad.
- Evita pagos fuera de la plataforma: usa PayPal con protección al comprador, Bizum con confirmación de comercio o plataformas de depósito seguro.
- Visita la vivienda: si no puedes, pide al menos una videollamada en directo.
- No cedas a la presión: si alguien insiste en que “hay muchos interesados” y que debes pagar ya, desconfía.
3.7. Marco jurídico en España
- Artículo 248 del Código Penal: define el delito de estafa cuando alguien engaña a otro para realizar un acto de disposición patrimonial en perjuicio propio.
- Artículo 249 CP: establece penas de seis meses a tres años de prisión en estafas básicas.
- Artículo 250 CP: penas de uno a seis años si el fraude es superior a 50.000 € o se comete con abuso de confianza.
- Artículo 251 CP: castiga a quien, disponiendo de un bien en arrendamiento o venta, lo enajena o grava de forma fraudulenta. Este artículo se aplica en muchos casos de falsos alquileres.
En el caso de alquileres turísticos, además, puede aplicarse normativa autonómica sobre viviendas de uso turístico, donde figuran obligaciones de registro y licencias que los estafadores no cumplen.
3.8. Relación con otros fraudes
Este tipo de estafas comparte la lógica de “oferta demasiado buena para ser verdad”. Se conecta directamente con:
- Las estafas turísticas que ya analizamos en el blog de Lambda.
- El phishing en plataformas de compraventa, que combina ingeniería social y fraude digital.
- El romance scam, en tanto que ambos utilizan la confianza como motor del engaño: en un caso, el vínculo emocional; en otro, el deseo de conseguir un chollo.
3.9. Conclusión del apartado
La compraventa online y los alquileres fraudulentos son dos de los fraudes más extendidos en España porque explotan nuestras prisas, nuestra necesidad de ahorrar y la confianza en plataformas populares. La mejor defensa es la precaución, la verificación y, ante cualquier duda, consultar con profesionales legales antes de realizar un pago significativo.
4. Estafas de inversiones y criptomonedas
4.1. Por qué son tan atractivas para los estafadores
Las estafas de inversión son especialmente peligrosas porque juegan con dos emociones humanas muy poderosas: la codicia (la promesa de ganar mucho en poco tiempo) y el miedo a quedarse fuera (FOMO, fear of missing out).
En España, el auge de las criptomonedas y las plataformas de inversión online ha sido el caldo de cultivo perfecto para los fraudes. La falta de conocimientos financieros de muchos inversores y la escasa regulación inicial de los criptoactivos hicieron que miles de personas entregaran sus ahorros a supuestos “expertos” o “empresas de trading” que en realidad eran estafadores.
4.2. Modalidades más frecuentes
- Esquemas piramidales o Ponzi
- Los beneficios de los primeros inversores se pagan con el dinero de los nuevos.
- Cuando dejan de entrar clientes, el sistema colapsa.
- Se suelen disfrazar como “clubes de inversión” o “proyectos comunitarios”.
- Plataformas falsas de trading
- Páginas web que simulan operaciones bursátiles o de criptomonedas.
- Muestran gráficos manipulados y supuestas ganancias.
- Cuando intentas retirar tu dinero, bloquean la cuenta o piden “tasas” adicionales.
- Robo por ingeniería social
- Te contacta alguien por redes sociales (LinkedIn, Instagram) diciendo que es analista financiero.
- Te ofrece invertir en una plataforma que parece legítima.
- El fraude se completa cuando ingresas el dinero y desaparecen.
- Pump and dump (inflar y vaciar)
- Los estafadores compran una criptomoneda poco conocida, difunden rumores falsos para inflar su precio y luego venden en masa, desplomando el valor.
- Fraudes con tokens o NFTs
- Proyectos ficticios de criptomonedas o colecciones de NFTs que desaparecen tras recaudar fondos.
4.3. Ejemplos recientes en España
- Caso Arbistar (Tenerife, sentencia 2025): sus fundadores fueron condenados por estafar más de 200 millones de euros a unos 32.000 inversores. Ofrecían supuestos “bots de arbitraje” que generaban rentabilidades constantes, pero en realidad era un esquema Ponzi.
- Macroestafa de criptomonedas (junio 2025): la Guardia Civil desarticuló una organización internacional que defraudó 460 millones de euros en 30 países, con unas 500 víctimas en España y pérdidas de casi 39 millones de euros.
- Generación Zoe (2025): procesados en España por una estafa piramidal que movió unos 4 millones de euros, con víctimas en varias provincias.
- Fraudes locales en Galicia (septiembre 2025): la Policía Nacional alertó de un repunte de estafas en inversiones de criptomonedas, donde las víctimas empezaban con aportaciones de 100-250 € y terminaban perdiendo cantidades mucho mayores al intentar recuperar su capital.
4.4. Señales de alerta
- Rentabilidades garantizadas muy por encima del mercado (“15 % mensual sin riesgo”).
- Presión temporal: “últimos días para entrar”, “oferta limitada a 20 inversores”.
- Falta de transparencia: no hay información sobre quién está detrás de la plataforma, sin dirección física ni responsables identificables.
- Ausencia de regulación: la empresa no figura en la CNMV ni en registros oficiales.
- Problemas para retirar dinero: exigen pagar tasas, impuestos ficticios o simplemente bloquean la cuenta.
- Uso intensivo de influencers o testimonios falsos: perfiles que aseguran haberse hecho ricos en poco tiempo.
4.5. Consecuencias
- Económicas: pérdidas millonarias. Muchas víctimas llegan a endeudarse para intentar “recuperar” lo invertido.
- Legales: procesos judiciales largos y complejos, especialmente cuando el dinero sale fuera de España.
- Psicológicas: sentimientos de vergüenza, depresión o aislamiento social. Muchas víctimas no denuncian por miedo a ser juzgadas.
4.6. Cómo protegerse: pasos prácticos
- Verifica siempre en la CNMV: la Comisión Nacional del Mercado de Valores publica listados de “chiringuitos financieros” que operan sin licencia.
- Desconfía de las promesas de rentabilidad garantizada: ningún producto serio asegura beneficios elevados y sin riesgo.
- Investiga a la empresa y sus responsables: busca si tienen sede real, historial y registro mercantil.
- Consulta foros y medios independientes: si es un fraude, seguramente otros ya lo habrán denunciado online.
- Invierte solo lo que estés dispuesto a perder: especialmente en criptomonedas, que son volátiles incluso sin fraude.
- Consulta con un abogado o asesor financiero antes de transferir cantidades importantes.
4.7. Marco jurídico en España
- Código Penal (art. 248 y ss.): tipifica la estafa informática y la estafa agravada.
- Ley del Mercado de Valores y de los Servicios de Inversión (Ley 6/2023): regula las empresas de inversión en España y la supervisión de la CNMV.
- Reglamento MiCA (UE 2023/1114): marco europeo para criptoactivos, aplicable a partir de 2024-2025, que refuerza la obligación de registro y supervisión de las plataformas.
- Sentencias recientes:
- Caso Arbistar (2025): condena por estafa agravada y blanqueo de capitales.
- Sentencia del Supremo 571/2025: refuerza la responsabilidad de bancos en fraudes digitales, lo que abre la puerta a que puedan exigirse responsabilidades en transferencias fraudulentas si no hubo negligencia del cliente.
4.8. Conexiones con otros fraudes
Las estafas de inversión combinan elementos de otros fraudes:
- Como en el phishing, usan la urgencia y el miedo.
- Como en las estafas sentimentales, generan confianza personalizada antes de pedir dinero.
- Como en las estafas de compraventa, se apoyan en la apariencia de plataformas legítimas.
Por eso, aunque parezcan sofisticadas, muchas veces el mecanismo básico es el mismo: crear confianza y urgencia para que entregues tu dinero sin pensar demasiado.
4.9. Conclusión del apartado
Las estafas de inversión y criptomonedas no son un fenómeno pasajero: seguirán creciendo mientras haya desconocimiento financiero y plataformas sin supervisión. El mejor antídoto es la información, la verificación y la acción rápida si ya has sido víctima.
En Lambda Estudio Jurídico ayudamos a nuestros clientes a analizar contratos sospechosos, denunciar plataformas fraudulentas y reclamar sus derechos ante bancos, intermediarios y tribunales.
5. Estafas dirigidas a personas mayores
5.1. Por qué las personas mayores son un objetivo prioritario
Los delincuentes buscan siempre víctimas vulnerables. En el caso de las personas mayores, confluyen varios factores que las convierten en blanco habitual:
- Menor familiaridad con la tecnología: muchos no diferencian un SMS oficial de uno fraudulento, ni saben identificar una web falsa.
- Confianza en la autoridad: suelen creer en la palabra de quien se presenta como policía, técnico de gas o empleado del banco.
- Mayor aislamiento social: la soledad facilita que acepten llamadas o visitas que otras personas rechazarían.
- Acumulación de ahorros: los jubilados, aunque no sean ricos, suelen tener cuentas estables que resultan atractivas para los estafadores.
5.2. Modalidades más frecuentes
- El timo del “nieto en apuros”
- El delincuente llama diciendo ser un nieto o familiar cercano que ha tenido un accidente o problema legal urgente.
- Pide dinero inmediato para una fianza, un tratamiento médico o evitar un problema con la policía.
- Falsos técnicos de luz, gas o agua
- Se presentan en casa con chalecos, logos falsos y supuestas órdenes de revisión.
- Aprovechan para cobrar por “revisiones” inexistentes o robar directamente.
- Estafas bancarias telefónicas
- Se hacen pasar por empleados del banco y piden claves o tarjetas.
- En algunos casos, envían a un falso mensajero a recoger la tarjeta “para actualizarla”.
- Phishing y smishing adaptados
- Correos o SMS sobre facturas pendientes, actualizaciones de pensiones o premios de lotería.
- Usan un lenguaje sencillo para no levantar sospechas.
- Venta de productos milagro
- Llamadas o visitas ofreciendo remedios para el dolor, suplementos “revolucionarios” o aparatos médicos.
- Juegan con la desesperación de quien sufre una dolencia crónica.
5.3. Ejemplos recientes en España
- Bilbao (abril 2025): la Ertzaintza alertó de un repunte del timo del “empleado del banco”. Los delincuentes llamaban a mayores diciendo que sus tarjetas habían sido clonadas y enviaban a un mensajero a recogerlas. Con ellas retiraban miles de euros en cajeros.
- Ávila (junio 2025): en el marco de la Operación Dayún, una mujer de 86 años perdió más de 350.000 € en una estafa romántica. Aunque encaja en el romance scam, demuestra cómo los estafadores se ceban con personas mayores aisladas.
- Gipuzkoa (2024): detenidos varios estafadores que recorrían portales haciéndose pasar por revisores del gas. Cobraban entre 50 y 150 € por revisiones inexistentes a ancianos que vivían solos.
5.4. Señales de alerta
- Llamadas inesperadas que generan miedo o urgencia.
- Supuestos técnicos que llegan sin cita previa.
- Mensajes de banco o administración que piden datos personales por teléfono.
- Ofertas de salud “milagrosas” con precios elevados.
- Presión para pagar en efectivo o con transferencia inmediata.
5.5. Consecuencias
- Económicas: en algunos casos, los mayores pierden todos sus ahorros.
- Emocionales: la vergüenza hace que muchos no cuenten lo ocurrido a sus familias, perpetuando la vulnerabilidad.
- Sociales: se genera desconfianza hacia cualquier visita o llamada, lo que puede aumentar el aislamiento.
5.6. Cómo proteger a las personas mayores
- Formación básica en estafas
- Explicarles qué es un phishing, cómo funcionan los timos más comunes.
- Usar ejemplos reales, con SMS y cartas falsificadas.
- Protocolos familiares
- Acordar que, ante cualquier llamada sospechosa, deben colgar y llamar a un hijo o nieto.
- Recordarles que los bancos nunca piden claves por teléfono.
- Carteles visibles en casa
- Colocar avisos en la puerta: “No abrir a técnicos sin cita” o “No dar dinero en metálico”.
- Control de llamadas
- Configurar móviles con identificación de llamadas y bloquear números desconocidos.
- Acompañamiento digital
- Ayudarles a configurar la banca online de forma segura.
- Revisar con ellos periódicamente movimientos bancarios.
- Denunciar siempre
- Animar a denunciar incluso pequeñas cantidades. La suma de denuncias permite a la policía identificar patrones y detener a los delincuentes.
Nota práctica del despacho: si recibes un sms o llamada “del banco” por un problema de seguridad, no hagas nada desde el móvil y acude en persona a tu oficina. si un “hijo/nieto” pide dinero urgente por whatsapp o sms, verifica por llamada al número de siempre o videollamada y, si hay dudas, consulta primero en el banco.
5.7. Marco jurídico en España
- Artículo 248 del Código Penal: estafa básica.
- Artículo 250 CP: estafa agravada cuando la víctima es especialmente vulnerable (por edad o situación personal).
- Artículo 197 CP: en caso de suplantación o uso indebido de datos personales.
- Artículo 401 CP: usurpación de estado civil si se hacen pasar por familiares.
Las penas van de uno a seis años de prisión en los casos agravados, más multas económicas. Además, el juez puede ordenar la restitución del dinero sustraído.
5.8. Conexión con otros fraudes
Las estafas dirigidas a mayores suelen combinar elementos de otros fraudes:
- Como en el vishing, usan llamadas telefónicas que imitan a bancos.
- Como en las estafas sentimentales, explotan la soledad y la confianza.
- Como en las estafas de compraventa, utilizan la urgencia y los precios falsamente atractivos.
Por eso, proteger a las personas mayores no es solo una cuestión familiar, sino también un reto social y jurídico.
5.9. Conclusión del apartado
Las personas mayores son las víctimas favoritas de los estafadores porque representan confianza, ahorro acumulado y menor acceso a información digital. Prevenir estas estafas exige combinar educación, acompañamiento y acción legal rápida.
En Lambda Estudio Jurídico asesoramos a familias que han sufrido este tipo de fraudes, ayudando a denunciar, reclamar y recuperar lo que es suyo.
6. Fraudes con falsas herencias y premios
6.1. En qué consisten
Los fraudes con falsas herencias y premios son una de las estafas más antiguas, pero siguen funcionando porque juegan con dos debilidades humanas muy poderosas: la codicia (“dinero fácil”) y la esperanza (“la suerte me ha sonreído”).
Se presentan de varias formas:
- Cartas o correos de supuestas herencias internacionales: un notario extranjero asegura que un lejano pariente ha dejado una herencia millonaria, pero hay que pagar tasas o impuestos por adelantado.
- Premios de loterías extranjeras: mensajes que comunican que has ganado un premio en una lotería a la que nunca jugaste.
- Correos de devoluciones falsas: suplantando a la Agencia Tributaria o la Seguridad Social, dicen que tienes derecho a un reembolso, siempre que facilites datos bancarios o pagues una tasa mínima.
- “Nigerian scam” clásico: alguien dice necesitar tu ayuda para mover grandes cantidades de dinero desde un país extranjero, ofreciéndote una comisión millonaria a cambio de adelantar gastos.
6.2. Modalidades actuales
- Herencias ficticias
- Llegan por carta o correo electrónico, con membretes falsos de notarías extranjeras.
- Alegan que eres el único heredero de un familiar lejano.
- Te piden adelantar tasas, honorarios legales o impuestos para liberar la herencia.
- Premios de lotería internacionales
- Mensajes sobre premios en loterías de Reino Unido, Estados Unidos o incluso Australia.
- Te piden enviar tus datos y pagar un “gasto administrativo”.
- Devoluciones falsas de Hacienda
- Correos y SMS que suplantan a la Agencia Tributaria, especialmente en campañas de la renta.
- Incluyen enlaces a páginas que roban tus credenciales bancarias.
- Falsas donaciones millonarias
- Supuestos filántropos o fundaciones benéficas que “quieren donar parte de su fortuna” a desconocidos.
- Se pide pagar gastos notariales o impuestos antes de recibir la donación.
6.3. Ejemplos recientes en España
- Campaña de phishing de la Agencia Tributaria (junio 2025): correos con asunto “Devolución de impuestos” enlazaban a una web falsa para robar cuentas bancarias. La propia AEAT emitió una alerta pública.
- Premios de lotería nigeriana: en 2024 se denunciaron en Madrid varios casos de personas que habían pagado entre 200 y 500 € en tasas para recibir un supuesto premio de 500.000 €. Evidentemente, nunca existió tal premio.
- Herencias ficticias en Galicia (2023): varios jubilados recibieron cartas supuestamente firmadas por notarios londinenses, en inglés, con membretes oficiales. Pedían una transferencia a cuentas en Malta para liberar la herencia.
6.4. Señales de alerta
- No jugaste, no heredaste: si no participaste en la lotería o no conoces al supuesto pariente, no puede haber premio ni herencia.
- Exigen pago por adelantado: notarios, bancos y administraciones nunca cobran tasas por adelantado a desconocidos.
- Lenguaje poco natural: correos en mal castellano, con errores gramaticales o traducciones automáticas.
- Direcciones de correo genéricas: mensajes enviados desde Gmail, Hotmail o dominios sospechosos.
- Promesas de riqueza desproporcionada: herencias millonarias de familiares que nunca existieron, premios astronómicos en juegos extranjeros.
6.5. Consecuencias
- Económicas: aunque los importes iniciales parecen pequeños (100-500 €), muchos estafadores alargan el fraude pidiendo tasas sucesivas hasta que la víctima se queda sin ahorros.
- Emocionales: la vergüenza suele hacer que las víctimas no denuncien, lo que perpetúa el fraude.
- Personales: algunos pierden no solo dinero, sino también documentos al enviar copias de DNI o pasaporte, lo que abre la puerta a nuevas estafas de suplantación de identidad.
6.6. Cómo protegerse
- Aplica la regla básica: si no participaste en la lotería, no puedes ganar.
- Nunca pagues por adelantado para cobrar un premio o herencia.
- Verifica con fuentes oficiales: si recibes un correo de la Agencia Tributaria, accede directamente desde su web (www.agenciatributaria.es), nunca desde un enlace.
- Desconfía de notarios extranjeros desconocidos: contacta con el Consulado o la embajada antes de mover dinero.
- Protege tu documentación: no envíes copias de DNI o pasaporte a desconocidos.
6.7. Marco jurídico en España
- Artículo 248 del Código Penal: tipifica como estafa cualquier engaño con ánimo de lucro que cause un perjuicio patrimonial.
- Artículo 249 CP: penas de seis meses a tres años.
- Artículo 250 CP: estafa agravada si el importe supera los 50.000 € o afecta a personas especialmente vulnerables.
- Artículo 401 CP: usurpación de estado civil si usan tu identidad para cometer fraudes posteriores.
- Artículo 197 CP: delitos contra la intimidad si se utilizan documentos personales.
En muchos de estos casos, además, se puede perseguir como organización criminal si hay redes estructuradas operando desde el extranjero.
6.8. Conexiones con otros fraudes
Este tipo de engaños está relacionado con:
- El phishing bancario, porque muchos correos de falsas devoluciones imitan a la Agencia Tributaria.
- Las estafas sentimentales, porque también se prolongan en el tiempo con pagos sucesivos.
- La suplantación de identidad, ya que muchas víctimas acaban facilitando documentos personales.
6.9. Conclusión del apartado
Las falsas herencias y premios siguen vigentes porque apelan a la ilusión de conseguir dinero fácil. Sin embargo, la norma es clara: nadie regala fortunas a desconocidos y ninguna administración cobra tasas por adelantado.
La mejor defensa es la información, la desconfianza razonable y, en caso de duda, consultar con un profesional legal antes de entregar un solo euro.
En Lambda Estudio Jurídico hemos asesorado a víctimas de este tipo de fraudes, ayudándoles a denunciar y a evitar que sus datos personales se utilicen en nuevos engaños.
7. Qué hacer si ya has sido víctima de un fraude o estafa
La prevención es la mejor herramienta contra los fraudes, pero nadie está completamente a salvo. Incluso personas con experiencia y formación pueden caer en un engaño bien diseñado. Lo más importante, si ya has sido víctima, es actuar rápido: cada hora cuenta para minimizar los daños y aumentar las posibilidades de recuperar lo perdido.
7.1. Mantén la calma y recopila pruebas
Lo primero es no borrar nada. Muchos afectados, por vergüenza o miedo, eliminan correos, SMS o conversaciones. Sin embargo, esas pruebas son fundamentales en la investigación policial y en un eventual procedimiento judicial.
Qué debes guardar:
- Capturas de pantalla de mensajes, correos electrónicos y SMS.
- Direcciones de correo o números de teléfono del estafador.
- Enlaces a páginas web falsas.
- Justificantes de transferencias bancarias o pagos por Bizum.
- Conversaciones en WhatsApp, Telegram u otras plataformas.
Consejo práctico: organiza todas las pruebas en un solo documento o carpeta digital y haz una copia de seguridad (USB, nube).
7.2. Bloquea y denuncia en tu banco
En fraudes que implican transferencias o cargos bancarios, el segundo paso es contactar inmediatamente con tu banco.
- Solicita el bloqueo de tarjetas y cuentas vinculadas a la operación fraudulenta.
- Pregunta si es posible retroceder la transferencia (en ocasiones, si se actúa rápido, se puede paralizar).
- Activa alertas en tu banca online para controlar movimientos sospechosos.
Importante: La Sentencia del Tribunal Supremo 571/2025 establece que los bancos pueden ser responsables de los fraudes por phishing si el cliente no incurrió en negligencia grave. Esto significa que, en muchos casos, la entidad está obligada a devolverte el dinero si demuestras que actuaste con diligencia razonable.
7.3. Denuncia ante las autoridades
El siguiente paso es interponer una denuncia. Aunque la cantidad perdida sea pequeña, toda denuncia suma información para la policía y aumenta las posibilidades de detener a los responsables.
Dónde denunciar:
- Policía Nacional (Unidad de Delitos Telemáticos).
- Guardia Civil (Grupo de Delitos Telemáticos).
- Ertzaintza en Euskadi, que dispone de unidades especializadas en ciberdelincuencia.
- Mossos d'Esquadra en Cataluña.
Qué incluir en la denuncia:
- Todas las pruebas recopiladas.
- Descripción detallada de los hechos.
- Fecha, hora y circunstancias de la estafa.
- Datos de la cuenta o número de teléfono del estafador.
Consejo: pide siempre copia de la denuncia para usarla en reclamaciones posteriores.
7.4. Notifica a organismos oficiales
Si la estafa implica suplantación de identidad (por ejemplo, se ha usado tu DNI o pasaporte), es fundamental notificarlo también a:
- Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) → para evitar que tu identidad se use en otros fraudes.
- Agencia Tributaria o Seguridad Social → si el fraude afecta a devoluciones, prestaciones o trámites oficiales.
- Consulado o embajada → si el engaño involucra documentos o supuestos notarios extranjeros.
7.5. Cambia contraseñas y refuerza la seguridad digital
Si el fraude ha afectado a tus cuentas online:
- Cambia todas las contraseñas (correo electrónico, banca online, redes sociales).
- Activa la autenticación en dos pasos.
- Revisa dispositivos en busca de malware (usa antivirus actualizado).
- Cierra sesiones abiertas en otros dispositivos.
7.6. Asesórate con un abogado especializado
No todas las estafas terminan con la denuncia policial. En muchos casos es necesario iniciar también una vía civil o mercantil para reclamar daños y perjuicios, especialmente si el fraude involucra:
- Contratos de alquiler fraudulentos.
- Inversiones en criptomonedas o productos financieros.
- Estafas con importes elevados (más de 50.000 €).
- Casos de estafa agravada o en los que intervienen organizaciones criminales.
En estos supuestos, un abogado puede:
- Redactar la denuncia con todos los elementos jurídicos.
- Presentar una querella si el caso lo requiere.
- Reclamar responsabilidades a bancos o intermediarios.
- Representarte en un juicio contra los autores.
7.7. ¿Y si ya entregaste documentación personal?
Uno de los riesgos más graves es cuando el estafador consigue copias de tu DNI, pasaporte o facturas. Esto abre la puerta a fraudes posteriores, como contratar servicios a tu nombre o abrir cuentas bancarias falsas.
Qué hacer en este caso:
- Denuncia inmediatamente la suplantación de identidad.
- Solicita el cambio de tu DNI si es necesario.
- Informa a tu banco para reforzar la seguridad de tus cuentas.
- Valora presentar una reclamación ante la AEPD si han tratado tus datos sin base legal y ejerce tus derechos (acceso, supresión, oposición o limitación).
Nota práctica del despacho: en caso de pérdida o robo del dni, denuncia inmediata. Esa denuncia te protege si usan tu identidad para abrir cuentas o contratar servicios. si el alta se hizo con selfie u otros controles biométricos y no eres tú, solicita pericial biométrica y las trazas técnicas (ip, dispositivo, kyc).
7.8. Recuperación emocional
Ser víctima de un fraude no solo implica un perjuicio económico. Muchas personas sienten:
- Vergüenza por haber “caído”.
- Ansiedad y miedo a usar internet.
- Desconfianza hacia familiares o amigos que podrían juzgarles.
Recordemos que la víctima nunca es culpable: los estafadores son profesionales del engaño y cualquier persona puede ser manipulada. Buscar apoyo familiar, psicológico o legal es clave para superar esta etapa.
7.9. Conexiones con otros apartados
- En los casos de suplantación digital (SIM swapping, clonación de WhatsApp), conviene revisar nuestro artículo sobre suplantación de identidad digital.
- En los casos de falsos alquileres, el proceso de denuncia es similar al que explicamos en estafas en apartamentos turísticos.
7.10. Conclusión del apartado
Si ya has sido víctima de un fraude, la rapidez en la reacción es tu mayor aliada. Guardar pruebas, bloquear cuentas, denunciar y buscar asesoramiento legal puede marcar la diferencia entre recuperar tu dinero o perderlo para siempre.
En Lambda Estudio Jurídico, ayudamos a las víctimas a dar estos pasos de manera ordenada y efectiva, acompañándolas en el proceso de denuncia y reclamación, y evitando que vuelvan a ser objetivo de nuevas estafas.
8. Marco jurídico en España: cómo se regulan los fraudes y estafas
Uno de los mayores errores de las víctimas de fraudes es pensar que “no merece la pena denunciar”, especialmente cuando las cantidades son relativamente pequeñas. Sin embargo, la legislación española ofrece herramientas claras para perseguir a los estafadores y proteger a las víctimas.
Este apartado reúne los artículos más relevantes del Código Penal, normativa sectorial y sentencias recientes que marcan la pauta en materia de fraudes digitales, financieros y contractuales.
8.1. El delito de estafa en el Código Penal
Definición general
- Artículo 248 CP: comete estafa “quien, con ánimo de lucro, utiliza engaño bastante para producir error en otro, induciéndole a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno”.
- Incluye expresamente las estafas informáticas, cuando mediante manipulación informática o artificios semejantes se produce una transferencia no consentida de activos patrimoniales.
Penas básicas
- Artículo 249 CP: prisión de 6 meses a 3 años.
- En caso de estafas leves (importe inferior a 400 €), se aplica una pena de multa de 1 a 3 meses.
Estafa agravada
- Artículo 250 CP: penas de 1 a 6 años de prisión y multa de 6 a 12 meses en supuestos como:
- Importe superior a 50.000 €.
- Afecta a bienes de primera necesidad o viviendas.
- Cometida con abuso de relaciones personales.
- Perpetrada sobre personas especialmente vulnerables (mayores, discapacitados).
- Cuando se utiliza suplantación de identidad o documentos falsos.
Estafas inmobiliarias
- Artículo 251 CP: pena de prisión de 1 a 4 años para quien enajene, arriende o grave un bien inmueble ajeno como si fuera propio. Este precepto es clave en fraudes de alquileres y ventas de viviendas inexistentes.
8.2. Suplantación de identidad y uso indebido de datos
- Artículo 401 CP: usurpación de estado civil → hacerse pasar por otra persona conlleva pena de prisión de 6 meses a 3 años.
- Artículo 197 CP: delitos contra la intimidad y revelación de secretos → acceder sin autorización a datos personales o difundir imágenes privadas puede suponer penas de 1 a 4 años de prisión.
Esto es especialmente aplicable a fraudes de SIM swapping, clonación de WhatsApp o chantajes con fotos íntimas (sextorsión).
8.3. Estafas a través de telecomunicaciones y banca
- Ley 6/2023 del Mercado de Valores y de los Servicios de Inversión: establece la obligación de autorización y supervisión de las empresas que ofrecen servicios financieros en España. Cualquier plataforma no registrada en la CNMV es un chiringuito financiero.
- Reglamento europeo MiCA (UE 2023/1114): en vigor desde 2024-2025, regula por primera vez de manera integral los criptoactivos en Europa, obligando a las plataformas a registrarse y cumplir normas de transparencia.
8.4. Jurisprudencia reciente
- Sentencia del Tribunal Supremo 571/2025
- Los bancos son responsables de los fraudes por phishing si no demuestran que la víctima actuó con negligencia grave.
- Esto refuerza el derecho de los clientes a reclamar la devolución de su dinero en muchos casos.
- Caso Arbistar (Sentencia Audiencia Nacional, 2025)
- Condena a los fundadores por estafa agravada y blanqueo de capitales.
- Se reconoce el esquema piramidal como una modalidad de estafa informática a gran escala.
- Sentencias sobre alquileres fraudulentos
- Diversos juzgados en Madrid y Barcelona han aplicado el art. 251 CP para condenar a estafadores que ofrecían viviendas en alquiler sin ser propietarios.
- Las penas han oscilado entre 2 y 5 años de prisión según la gravedad y el importe defraudado.
8.5. Responsabilidad de las empresas y bancos
Además de los estafadores, en ciertos casos también pueden responder:
- Entidades bancarias: si no aplicaron medidas de seguridad suficientes o no actuaron con diligencia tras la alerta del cliente.
- Plataformas de compraventa: tienen la obligación de implementar sistemas de detección de fraude y retirar anuncios sospechosos.
- Propietarios de webs fraudulentas: perseguibles incluso si están en el extranjero, mediante cooperación judicial internacional.
8.6. Cómo usar el marco jurídico a tu favor
Para una víctima, conocer el marco legal no significa que deba actuar sola. Lo más recomendable es:
- Denunciar siempre: aunque el importe sea pequeño, permite a las autoridades acumular casos.
- Reclamar al banco: apoyándose en la jurisprudencia del Supremo.
- Consultar con un abogado: para valorar si conviene presentar denuncia penal, querella o acción civil.
- Ejercer presión legal sobre intermediarios: bancos, plataformas digitales o incluso aseguradoras pueden tener responsabilidad subsidiaria.
8.7. Conexiones con otros apartados
- En fraudes digitales (phishing, SIM swapping), los arts. 248 y 197 CP son los más aplicables.
- En estafas sentimentales, además de la estafa básica, puede concurrir el delito contra la intimidad.
- En alquileres fraudulentos, el art. 251 CP es clave.
- En estafas de inversiones, la CNMV y el Reglamento MiCA ofrecen mecanismos adicionales de protección.
8.8. Conclusión del apartado
El marco jurídico español y europeo es cada vez más sólido para combatir los fraudes, pero la clave sigue siendo denunciar y reclamar. Los estafadores se benefician del silencio de las víctimas, especialmente cuando creen que el importe perdido es “demasiado pequeño”.
En Lambda Estudio Jurídico acompañamos a nuestros clientes no solo en la denuncia penal, sino también en la reclamación civil y bancaria, utilizando la normativa y la jurisprudencia más actual para recuperar lo que es suyo.
La mejor defensa contra las estafas es la información (y la acción legal rápida)
Los fraudes y estafas evolucionan, cambian de forma y se adaptan a cada época, pero todos comparten un mismo mecanismo: aprovecharse de la confianza, la prisa o la vulnerabilidad de la víctima.
En este artículo hemos repasado las modalidades más frecuentes en 2025:
- El phishing, smishing, vishing y suplantaciones digitales.
- Las estafas sentimentales o “romance scams”.
- Los fraudes en compraventa online y alquileres fraudulentos.
- Las estafas de inversión y criptomonedas.
- Los engaños dirigidos a personas mayores.
- Y los clásicos de falsas herencias y premios.
También hemos explicado qué hacer si ya has sido víctima, cómo denunciar, cómo reclamar y cuál es el marco jurídico actual en España y Europa.
La conclusión es clara: nadie está completamente a salvo. Todos podemos caer en un momento de descuido. La diferencia entre perderlo todo o recuperar lo que es tuyo está en actuar rápido, guardar pruebas y buscar asesoramiento legal especializado.
Enlaces oficiales y vías de denuncia
- Policía Nacional – Delitos telemáticos
- Guardia Civil – Grupo de Delitos Telemáticos
- Ertzaintza – Delitos informáticos
- Mossos d'Esquadra – Internet Segura
- INCIBE / OSI – Alertas y ayuda
- AEPD – Reclamaciones por datos personales
- Agencia Tributaria – Avisos de fraude
- CNMV – “Chiringuitos financieros”
Consejo: abre los enlaces en pestaña nueva y verifica siempre que el dominio sea el oficial.
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